jueves, febrero 6, 2025
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Gobierno presidente Bukele, iniciaría proceso contra medios legislativos por no transmitir cadena nacional

Casa Presidencial señaló a la Asamblea Legislativa de de violar la Ley General de Telecomunicaciones, por no haberse adherido a la cadena nacional de radio y televisión, ordenada por el presidente de la República Nayib Bukele, programada para las siete de la noche del pasado jueves.

SIGET El Salvador (@SIGETSV) | Twitter

“La cadena nacional convocada por el señor Presidente tuvo casi un 100% de participación. Solamente el canal y radio de la Asamblea Legislativa no se conectaron. Comenzaremos el debido proceso”, informó el titular de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), Manuel Aguilar.

La omisión de los medios del Órgano Legislativo viola el artículo 127 de la referida Ley, que estable el marco regulatorio que determinan el derecho del Presidente de la República a llamar a cadena nacional

La Ley de Telecomunicaciones en su artículo 127 establece que “El Presidente de la República tendrá derecho a convocar a todas las estaciones de radio y televisión del país a cadena nacional de radio y televisión por razones de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad, graves perturbaciones del orden público o un mensaje de interés nacional. El Tribunal Supremo Electoral podrá hacerlo en los casos establecidos en el Código Electoral”.

Según lo dio a conocer Casa Presidencial en su página web, los medios de comunicación de la Asamblea Legislativa, canal 9 y radio legislativa,  hicieron caso omiso del llamado del Presidente Bukele, para integrar la cadena nacional de radio y televisión, como lo estable el marco jurídico que le corresponde al mandatario.

Aunque no hay un posicionamiento oficial de parte de las autoridades de la Asamblea Legislativa, se conoció que, ese jueves como es costumbre, el canal 9 y la radio legislativa, a la hora que había sido convocada la cadena nacional, se encontraban transmitiendo la Sesión Plenaria Ordinaria, que cada semana llevan a cabo los diputados.

Señala el sitio web, que tanto la Televisión Legislativa y la Radio Legislativa mantuvieron al aire su señal y no acataron la indicación que se instruyó desde tempranas horas por parte la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia a todos los medios de comunicación del país.

“La omisión de los medios del Órgano Legislativo viola el artículo 127 de la Ley de Telecomunicaciones que estable el marco regulatorio que determinan el derecho del Presidente de la República a llamar a cadena nacional”, manifiestan.

Según la Ley, los concesionarios estarán obligados a transmitir, a la hora solicitada, la señal piloto de la Presidencia de la República, sin recortes, ni modificaciones de ninguna naturaleza. Si por razones técnicas algún concesionario no pudiere transmitir lo solicitado, dejará de transmitir su programación regular mientras dure la cadena nacional.

Agregan que salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado, la negativa de un concesionario de transmitir la cadena nacional, le hará acreedor a una multa equivalente al valor de tres veces la cuota de la contribución especial para la primera y segunda vez; y seis veces para la tercera vez o más.

Dijeron que lo grave de esta violación jurídica es que procede de un Órgano del Estado, que dentro de la lógica y la ética de la función pública es uno de los primeros en ser llamados a cumplir las leyes del país.

“Es irónico que de un ente legislativo, que lidera la oposición política, haya quejas frecuentes e infundadas sobre violaciones del marco jurídico del país, y en los mismos medios de comunicación que le asisten está el más claro ejemplo de irrespeto e indiferencia por la aplicación de la normas jurídicas de El Salvador”, concluyeron