Inconstitucionalidad Art. 52 y 56 IAIP, desestimada por gobierno presidente Bukele - Noticias de El Salvador - Cuscatlán Hoy
jueves, noviembre 14, 2024
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Inconstitucionalidad Art. 52 y 56 IAIP, desestimada por gobierno presidente Bukele

Un grupo perteneciente al partido Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, FMLN, presentaron esta semana, una demanda de insconstitucionalidad de los artículos 52 y 56 de la Ley del Instituto de Acceso a la Información Públca, IAIP, ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Según la normativa, el artículo  52 establece que el Instituto de Acceso a la Información Pública, estará integrado por cinco Comisionados y sus respectivos suplentes, quienes serán nombrados por el Presidente de la República, durarán en sus cargos por un período de seis años y no podrán ser reelegidos.

Mientras que el artículo 56, que también los demandates dicen es insconstitucional, establece que Los Comisionados podrán ser removidos de sus cargos por el Presidente de la República en los casos siguientes: a) cuando hayan sido condenados por delitos; b) por actos u omisiones que afecten gravemente el buen funcionamiento del Instituto y por incumplimiento de sus funciones; c) Por incapacidad o inhabilidad sobreviniente; y d) por divulgar o utilizar información reservada o confidencial, por mala fe o negligencia.

Las acciones de los demandantes, miembros del FMLN, ocurren luego que la presidencia de la República ordenara la destitución de la comisionada suplente Cesia Yosabeth Mena, por tener  vínculos con el partido de izquierda,

Según la información de casa presidencial, la comisionada Cesia Yosabeth Mena, se ha desempeñado como asesora del partido FMLN, en la fracción legislativa desde 2014, a petición de la entonces legisladora y jefa de bancada Norma Guevara, por lo que, su presencia en el IAIP podría significar un conflicto de intereses, aseguran.

La demanda interpuesta  ante la la Sala de lo Constitucional, buscaría quitar el poder al presidente de la Repúblca de nombrar o destituir a los comisionados, como hasta hoy lo han hecho los gobiernos anteriores.

“Por esta razón venimos a interponer una demanda de Inconstitucionalidad al Art 52 de la Ley de Acceso a la Información Pública, que permite al Presidente de la República nombrar a los comisionados y al art. 56 que le permite a él la remoción de los mismos. Esperamos la Sala resuelva a favor y mande a legislar un mecanismo plural, garantista y democrático”, dice el comunicado del grupo de demandantes miemebros del fmln.

Al respecto, las reacciones de Casa Presidencial, no se hiceron esperar, quienes señalan, que detrás de dichas acciones está la fracción legislativa del Partido Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, FMLN.

“Supuestos representantes de la sociedad civil pretenden quitar potestad al Presidente Nayib Bukele de nombrar y remover a funcionarios del IAIP. Esta no es la primera vez que grupos afines al partido FMLN buscan quitar esta protestad al mandatario, que para la integración de dicho instituto debe nombrar a cinco funcionarios a propuesta de diversos sectores, tal como lo establece el artículo 52 de la Ley del Acceso a la Información Pública”, dijo casa presidencial en su sitio web.

Con esta acción, se estaría evitando que haya un balance y proporcionalidad en la selección de estos funcionarios, que no son directamente elegidos por el Presidente, sino que previamente han sido propuestos por sectores empresariales, periodísticos y académicos, por lo cual se garantizan los suficientes filtros para que se selecciones a los mejores funcionarios.

Los demandantes aducen también, que dos organizaciones, una de periodistas y otra de radios alternativa, no fueron tomadas en cuenta en la elección de los nuevos comisionados de la IAIP para el próximo período de seis años..

De acuerdo con las informaciones, desde el surgimiento del Instituto de Acceso de la Información Pública, IAIP, la Asociación de Periodistas de El Salvador, APES y la Asociación de Radios Participativas de El Salvador, ARPAS,  son quienes, en nombre del gremio de periodistas, han ocupado dichas plazas, pero que hoy, por razones aún no argumentadas, han quedado fuera de la elección.

Ambas organizaciones no representan al gremio de periodistas. La participación de ambas organizaciones en la IAIP, no tubo impactos dentro del gremio de periodistas del país, según las consideraciones.

Finalmente, los demandantes dicen estar preocupados por el destino de la democracia y que por ello recurren a la Sala de lo Constitucional para que ésta declare inconstitucional los artículos 52 y 56 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).