miércoles, diciembre 11, 2024
Academia

Salvadoreño en Los Ángeles cuestiona calificativo golpe de Estado, destitución funcionarios

La destitución de los funcionarios por parte de la Asamblea Legislativa, ocurrida el pasado 1 de mayo, ha sido caficada como “Golpe de Estado” por algunos sectores dentro del país e igual posición han adoptado algunos miembros de la comunidad internacional.

Sin embargo, el salvadoreño, Phd Mario Matute, cuestiona el calificativo, por cuanto la Asamblea Legislativa, tomó las decisiones, basadas en las leyes existentes en El Salvador, según lo expresa en su mensaje en su página de facebook.

Mario Matute es un Doctor en Filosofía graduado en Estados Unidos, salvadoreño en el exterior, residente en Los ángeles California desde muchas décadas, y cómo todos los compatriotas, siguen de cerca todo lo que acontece en la tierra que los vio nacer.

El doctor Mario Maute, se pregunta ¿por qué dicen fue golpe de Estado? A continuación presentamos su posición.

OPINIÓN

Porque dicen que la destitución de los miembros de la sala de lo Constitucional de El Salvador es golpe de estado?

DEFINICION DE GOLPE DE ESTADO: Acción que consiste en tomar un grupo de personas el gobierno de un país, con violencia y de forma ilegal; generalmente se realiza por militares o con apoyo de un grupo armado.

Hubo violencia? fue ilegal?, fue realizada por la fuerza armada? Art. 186.- Se establece la Carrera Judicial.

Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, serán elegidos por la Asamblea Legislativa para un período de nueve años, podrán ser reelegidos y se renovarán por terceras partes cada tres años.

Podrán ser destituidos por la Asamblea Legislativa por causas específicas, previamente establecidas por la ley. Tanto para la elección como para la destitución deberá tomarse con el voto favorable de por lo menos los dos tercios de los Diputados electos.

La elección de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, se hará de una lista de candidatos, que formará el Consejo Nacional de la Judicatura en los términos que determinará la ley, la mitad de la cual provendrá de los aportes de las entidades representativas de los Abogados de El Salvador y donde deberán estar representados las más relevantes corrientes del pensamiento jurídico.

Los Magistrados de las Cámaras de Segunda Instancia, los Jueces de Primera Instancia y los Jueces de Paz integrados a la carrera judicial, gozarán de estabilidad en sus cargos.

La ley deberá asegurar a los jueces protección para que ejerzan sus funciones con toda libertad, en forma imparcial y sin influencia alguna en los asuntos que conocen; y los medios que les garanticen una remuneración justa y un nivel de vida adecuado a la responsabilidad de sus cargos.

La ley regulará los requisitos y la forma de ingresos a la carrera judicial, las promociones, ascensos, traslados, sanciones disciplinarias a los funcionarios incluidos en ella y las demás cuestiones inherentes a dicha carrera.