Representantes de organizciones de los pueblos indígenas, informaron que el próximo 7 de junio se vencen las medidas cautelares otorgadas al río Sensunapán, a los Pueblos Indígenas de Nahuizalco y su patrimonio tangible e intangible que emitió hace un año la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de San Salvador.
Los representantes, dijeron, que ante la llegada de esa fecha, los Pueblos Indígenas, organizaciones sociales y ambientales solicitan la Cámara, dicatar medidas permanentes de protección ambiental y cultural necesarias para garantizar los derechos de poblaciones históricamente en condición de vulnerabilidad.
Recordaron, que en una resolución sin precedentes, en junio de 2021, se ordenó al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Ministerio de Cultura, Ministerio de Salud y la Alcaldía de Nahuizalco el cumplimiento de medidas que debían contribuir al resguardo del patrimonio tangible e intangible de Pueblos Indígenas de las comunidades de Pushtan y Sisimitepet del municipio de Nahuizalco, departamento de Sonsonate.
Añaden, que también se ordenó la protección del río Sensunapán, cuya cuenca es la única con estrés hídrico declarado oficialmente, impactando a las comunidades que hacen uso de él y afectando la biodiversidad que se expresa en flora, fauna, fuentes de agua y demás ecosistemas.
A un año de haber emitido la Cámara dichas medidas de protección, estas no han sido cumplidas en su totalidad.
Empresas que impulsan proyectos de producción energética como la Pequeña Central Hidroeléctrica Nuevo Nahuizalco II han continuado con su pretensión de desarrollar iniciativas que amenazan lugares considerados sagrados o de memoria para las comunidades indígenas de Nahuizalco; así como la biodiversidad y la biocapacidad del río Sensunapán. De instalarse una octava hidroeléctrica en el mencionado cuerpo de agua, el daño cultural y ecológico será irreversible para todas y todos los salvadoreños, principalmente para los Pueblos indígenas de Nahuizalco.
Impulsar una octava central hidroeléctrica sobre el río Sensunapán, recalcan, es igual a secar cuatro kilómetros de río y a la pérdida irreversible de al menos 11 lugares sagrados, que a su vez son elementos esenciales de la cosmovisión ancestral o axis mundo de la raíz civilizatoria de lo que hoy es El Salvador.
Se trata de lugares de memoria vinculados a los acontecimientos fatales de 1932, donde indígenas del occidente del país fueron masacrados por el régimen militar de la época.
La violencia contra los medios de vida, la cultura y las tradiciones de las comunidades indígenas de Pushtan y Sisimitepet se perpetúan hasta nuestros días en forma de proyectos extractivistas que se venden como el “nuevo desarrollo” para territorios que en realidad se profundiza su condición de vulnerabilidad.
Por lo anterior, solicitamos a la Cámara Ambiental de Santa Tecla que, mediante sentencia definitiva, emita una orden de protección permanente para el río Sensunapán referida a la prohibición de ejecución del proyecto Pequeña Central Hidroeléctrica Nuevo Nahuizalco II y cualquier otro tipo de proyecto hidroeléctrico extractivista, así como también la obligación al Estado salvadoreño de otorgar protección y reconocimiento legal al patrimonio cultural intangible de las comunidades que habitan el río, para que nunca más vuelva a verse amenazado.






